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INMIGRACIÓN AMÉRICANA

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PERMISO DE TRABAJO Y RENOVACIÓN

El gobierno estadounidense permite que individuos no ciudadanos obtengan la autorización para trabajar legalmente dentro del país, siempre que cumplan ciertos requisitos de elegibilidad.

Si te encuentras en circunstancias tales como tener una partida forzada, estar bajo Protección Temporal Estatus, o estar en proceso de ajuste de estatus, tienes la posibilidad de solicitar una Autorización de Empleo, comúnmente referida como EAD.

Si deseas tramitar por primera vez tu permiso de trabajo o necesitas renovar tu EAD actual porque ha expirado o está próximo a hacerlo, ¡no te preocupes! Estamos aquí para asistirte en cada paso de este proceso. Haz clic aquí para obtener más información.
visa u

VISA U

¿Has sido afectado por algún crimen mientras estabas en los Estados Unidos?

La Visa U otorga estatus legal a individuos que han sufrido ciertos tipos de delitos en suelo estadounidense. Esta visa busca facilitar que víctimas sin estatus legal colaboren con las autoridades en la denuncia de estos delitos, sin miedo a sufrir represalias. Es esencial que las víctimas proporcionen toda la información posible y participen activamente en la investigación y en los procesos judiciales correspondientes.

Aquellas personas que hayan sido víctimas de delitos como violación, tortura, tráfico de personas, incesto, violencia doméstica, agresión sexual, abuso sexual, prostitución, explotación sexual, acecho, mutilación genital femenina, secuestro, peonaje, servidumbre forzada, tráfico de esclavos, secuestro, abducción, restricción ilegal, encarcelamiento incorrecto, chantaje, extorsión, homicidio, asesinato, asalto criminal, manipulación de testigos, obstrucción de justicia, perjurio, o la tentativa, conspiración o solicitud de cometer cualquiera de estos crímenes, pueden ser elegibles para la visa U si el crimen ocurrió dentro de EE.UU. Sin embargo, la elegibilidad no es automática al ser víctima de estos crímenes; hay otros requisitos que deben cumplirse. Para más detalles, contáctanos.

ASILO POLÍTICO

En conformidad con la legislación estadounidense, se concede el derecho de asilo a aquellos extranjeros que logren evidenciar un peligro concreto de persecución en su país de origen por razones de religión, opinión política, nacionalidad, o su inclusión en un grupo social específico.

El asilo puede ser solicitado por individuos que recién llegan a Estados Unidos o por aquellos que ya se encuentran en el territorio. Las personas que aún no han entrado a Estados Unidos pueden pedir asilo al momento de llegar en un puerto de entrada, como un aeropuerto, puerto marítimo o frontera terrestre. Por otro lado, aquellos que ya están en el país deben, junto con su abogado, completar y presentar el formulario I-589 (solicitud de asilo y suspensión de deportación) dentro del primer año de su arribo, independientemente de su estatus migratorio actual, sea legal o indocumentado.

TRADUCCIONES

Es esencial, al presentar documentos ante el USCIS, que se verifique cuidadosamente toda la información para confirmar su precisión. Un requisito indispensable en los procesos migratorios es que todos los documentos originales en idiomas extranjeros sean traducidos al inglés, permitiendo así que el personal de USCIS entienda cada detalle de la documentación. En IMMIGRATION SERVICES estamos preparados para asistirte en este complejo proceso, asegurando traducciones precisas, íntegras y de alta calidad.

VAWA

Gracias a la ley de violencia contra las mujeres, conocida por sus siglas en inglés como VAWA, es factible obtener la residencia permanente legal. Si eres cónyuge, excónyuge, hijo, hija, padre o madre de un ciudadano estadounidense, tienes la opción de presentar una petición de Inmigrante Especial a través del Formulario I-360. Es importante destacar que no se requiere el consentimiento del familiar abusivo para esta solicitud. Una vez aprobada la petición y cumplidos los criterios de elegibilidad, podrías calificar para solicitar la residencia permanente legal.

CAT

En nuestro bufete legal, nos especializamos en brindar asesoría y representación en casos relacionados con la Convención contra la Tortura (CAT). Este servicio está diseñado para individuos que han sufrido tortura o tratos inhumanos en sus países de origen y buscan protección en los Estados Unidos. Nuestro equipo de expertos legales está profundamente comprometido con la defensa de tus derechos y proporcionará una representación rigurosa para asegurar que se respeten las normativas internacionales y se ofrezca una protección efectiva contra el retorno a situaciones donde puedan enfrentar tortura. Si crees que calificas para solicitar protección bajo la Convención contra la Tortura, contáctanos para una consulta confidencial y descubre cómo podemos ayudarte en este proceso crucial.

CAMBIO DE DIRECCIÓN Y JURISDICCIÓN

Si ya has presentado tu documentación ante el USCIS y te has mudado de domicilio dentro del mismo estado de manera inesperada, es crucial actualizar tu dirección, ya que toda correspondencia se enviará al domicilio que figura en los formularios radicados. Es importante recordar que en IMMIGRATION SERVICES LLC podemos asistirte en la gestión de este cambio y seguir el proceso hasta asegurarnos de que recibas los documentos correctamente.

AJUSTE DE ESTATUS

El proceso de "ajuste de estatus" (AOS) permite a las personas dentro de los Estados Unidos solicitar una Green Card a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), con el objetivo de cambiar su estatus a inmigrante permanente legal. Esto es posible siempre que se cumplan todos los requisitos necesarios para la residencia permanente bajo una categoría específica. Es fundamental contar con una visa válida para proceder con un ajuste o cambio en el estatus migratorio.